RUA
Actualmente el permiso de emisión de ruido hace parte de la lista desplegable de los trámites que se reportan en el RUA, sin embargo, este permiso será eliminado de esta lista, debido a que en el Anexo 1 de la Resolución 0839 de 2023, la sección de ruido del Capítulo 5. Aire, se relaciona la información de las mediciones de emisión de ruido y ruido ambiental del establecimiento realizadas durante el periodo de balance, de acuerdo con los requerimientos por parte de la autoridad ambiental competente.
Los permisos para la realización de actividades o la ejecución de obras y trabajos, generadores de ruido que supere los estándares de presión sonora vigentes, o que deban ejecutarse en horarios distintos de los establecidos por los reglamentos, se otorgan por las alcaldías municipales o distritales, o por la autoridad de policía del lugar, de conformidad con las normas y procedimientos establecidos por el Código Nacional de Policía.
Para el registro de la fecha de vencimiento en la herramienta informática de las 37 licencias y permisos que fueron otorgados por la vida útil del proyecto, actualmente se selecciona una fecha lejana en el tiempo y en el campo de observaciones debe indicar que el permiso o licencia ambiental fue otorgado por la vida útil del proyecto o el agotamiento de la fuente, cuando aplica. Se tiene prevista una opción de mejora en el aplicativo para que el usuario indique si la licencia o los permisos fueron otorgados por la vida útil del proyecto, en cuyo caso no se reportará la fecha de vencimiento.
En la sección de Información complementaria/sección Establecimiento del Capítulo 1. Persona natural o jurídica/Establecimiento del RUA, se pregunta, si el establecimiento requiere de licencia ambiental. Adicionalmente en el Capítulo 2. Trámites en la sección Registrar trámite se reporta la información correspondiente a la Licencia Ambiental, el Plan de manejo ambiental y de cada uno de los permisos, concesiones o autorizaciones ambientales para el uso y/o aprovechamiento de los recursos naturales renovables; en titularidad del establecimiento para el cual se está diligenciando el RUA o de un tercero, que se encuentren vigentes o en trámite, en el período de balance.
El RUA no aplica para la renovación de permisos ambientales, sin embargo, en el artículo 20 de la Resolución 0839 de 2023, se señala que la información reportada en este registro es útil para las autoridades ambientales, entre otros, como apoyo en sus actividades de evaluación, control y seguimiento de los establecimientos inscritos en el RUA y optimizar el flujo de información entre los sectores productivos y las autoridades ambientales.
La herramienta informática del RUA no obliga para el reporte de un trámite que el mismo se encuentre reportado en VITAL, razón por la cual no habría inconveniente para diligenciar estos trámites en el Capítulo 2. Trámites.
En el Capítulo 2. Trámites del RUA se diligencia la licencia ambiental, el plan de manejo ambiental, cada uno de los permisos, concesiones y autorizaciones 36 ambientales para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables, en titularidad del establecimiento para el cual se está diligenciando el RUA o de un tercero, que se encuentren vigentes o en trámite, en el período de balance, tanto para aquellos que se solicitan por primera vez, como para los que correspondan a una modificación, prórroga o renovación. Si el establecimiento para el cual se está diligenciando el registro no cuenta con este tipo de trámites vigentes o en trámite en el período de balance no se diligencia este capítulo.
En tal caso que en el campo de ubicación representativa ninguna de las ubicaciones registradas tenga la palabra “Si”, puede estar ante una incidencia que no le va permitir finalizar el registro y cierre del periodo de balance, por lo que debe hacer uso del correo contacto@ideam.gov.co para que se revise la posible incidencia.
La ubicación más representativa se refiere al municipio, departamento y autoridad ambiental en cuya jurisdicción se encuentre localizado el establecimiento correspondiente a su dirección, la cual fue remitida en los datos del establecimiento de la carta de solicitud de inscripción en el RUA.
En la subsección Datos de Ubicación/sección Establecimiento del Capítulo 1. Persona natural o jurídica/Establecimiento, el sistema muestra la grilla administrativa con la ubicación más representativa para la cual es necesario ingresar la ubicación geográfica exacta del establecimiento a través del botón Abrir Mapa.
Para los establecimientos cuyo emplazamiento corresponde a una unidad geográfica como es el caso de los proyectos, obras o actividades que por su extensión abarcan grandes áreas, es decir el mismo establecimiento se localiza en más de un departamento, municipio o autoridad ambiental, se requiere agregar nuevas ubicaciones del establecimiento (diferentes a su ubicación más representativa) a través de la subsección Datos de ubicación, siempre y cuando en ellas el establecimiento realice captaciones de agua, vertimientos, aprovechamientos de fauna o flora silvestre; genere emisiones a la atmósfera (excepto GEI y SCPM), residuos; o realice monitoreos de la calidad de aire o del suelo, emisión de ruido, ruido ambiental, entre otros.
En capítulos posteriores, los departamentos, municipios y autoridades ambientales de la ubicación más representativa y de nuevas ubicaciones aparecerán para su selección en el formulario que corresponda para su reporte.
En caso de presentarse que luego de ingresar las claves y crear un periodo de balance por primera vez, la herramienta no despliegue el capítulo 1, debe notificar la situación al IDEAM haciendo uso del correo electrónico contacto@ideam.gov.co, puesto que puede ser una incidencia de la herramienta, que debe ser ajustada desde el área de soporte.
Los tiempos solicitados en la subsección Datos de funcionamiento/sección Establecimiento del Capítulo 1. Persona Natural o Jurídica/Establecimiento del RUA, hacen referencia a tiempos de operación o funcionamiento del establecimiento durante el período de balance, para lo siguiente: promedio número de horas por día, numero de semanas en el periodo de balance, promedio número de días por semana y promedio número de turnos por día.