Inventario PCB

¿Para equipos Desechados, qué restricciones aplica el sistema para diligenciar la opción Sí en la variable El equipo se encuentra marcado

Un equipo se encuentra marcado si el mismo cuenta con una placa (etiquetado) que incluya o la información descrita en el artículo 8 de la Resolución 222 de 2011 o el código de identificación del Inventario de PCB. Adicionalmente, el equipo debe estar identificado según su clasificación en alguno de los grupos establecidos en el Artículo 7 de la Resolución 222 de 2011, es decir que el elemento cuente con caracterización (cualitativa, semicuantitativa o cuantitativa) o el elemento no haya sido caracterizado, pero según la clasificación automática del sistema pertenezca a un grupo confirmado. El sistema no permitirá al propietario ingresar la opción Sí en la variable El equipo se encuentra marcado si No cuenta con caracterización y el equipo se encuentra clasificado en un grupo sospechoso.

¿Para equipos en uso, qué restricciones aplica el sistema para diligenciar la opción Sí en la variable Aleatoria

Una prueba aleatoria sólo se puede realizar si el propietario conoce el fabricante y el año de fabricación del equipo. El sistema no permitirá responder Sí en la variable Aleatoria si en las variables Fabricante no se ingresa información y/o si en la variable Año de fabricación el propietario ingresa la opción Desconocido.

¿Para equipos en uso, qué restricciones aplica el sistema para diligenciar la opción Sí en la variable Se hizo caracterización

El resultado de una prueba (caracterización) de un equipo es válido para su clasificación, únicamente si dicha caracterización se realizó posteriormente al último mantenimiento realizado al equipo. El sistema solo permitirá el ingreso de resultado de la caracterización únicamente si la misma se realizó en una fecha posterior al último mantenimiento. No se permitirá ingresar Sí la variable se hizo caracterización si se realizó en una fecha anterior a la fecha del último mantenimiento.

¿Para equipos en uso, qué restricciones aplica el sistema para diligenciar la opción ¿Sí¿ en la variable ¿El equipo tiene certificado libre de PCB?

Cuando el año de fabricación de un equipo sea menor igual a 1979 y haya sido fabricado en EEUU o la fecha de fabricación es menor igual a 1986 y fue fabricado en otros países, se asume que los equipos fueron fabricados con fluidos puro PCB o en los casos que se desconozca el año y/o país de fabricación, el certificado libre de PCB NO ES VÁLIDO, por lo tanto, el sistema no permitirá responder SÍ a la en la variable El Equipo tiene certificado libre de PCB. Si el propietario ingresa la opción Sí en esta variable, el sistema no permitirá el cargue de la información correspondiente a este equipo.

El certificado libre de PCB, solo aplica para equipos nuevos es decir, 1) aquellos con años de fabricación posteriores a 1979 en EEUU y en otros países después de 1986, 2) y equipos que no hayan sufrido alguna intervención (mantenimiento) durante toda la vida del equipo, que implique manipulación del aceite, es decir, si en la variable Se hizo mantenimiento? la respuesta es Sí, el sistema no permitirá responder SÍ a la en la variable ¿El Equipo tiene certificado libre de PCB. Si el propietario ingresa la opción Sí en esta variable, el sistema no permitirá el cargue de la información correspondiente a este equipo.

¿Porque me genera error el sistema cuando ingreso la fecha en la cual realice el análisis cuantitativo?

Recuerde que al ingresar la fecha en la cual se realizó el análisis cuantitativo, debe ser coherente con el año del Periodo de Balance (PB) que se está reportando, Ya que no es lógico, por ejemplo: si estoy reportando información correspondiente al PB 2015 reportar que realice análisis del equipo en 2017, con lo cual el Inventario automáticamente le reporta el error.

¿El código de identificación suministrado por el propietario a que hace referencia las secciones 1 (equipos en uso) y 2 (equipos en desuso) del capítulo II y la sección 3 equipos desechados) del capítulo III a que hace referencia?

El código de identificación suministrado por el propietario, es el número de identificación que haya sido asignado por el Propietario de PCB (puede utilizar un formato numérico o alfanumérico). Este código se convertirá en la identificación del equipo durante la totalidad del Inventario de PCB, es decir, el código será el mismo a través de los diferentes periodos de balance para el equipo ingresado, y NO podrá ser modificable en diligenciamientos posteriores o en la modificación posterior por medio de la opción ¿Editar¿. El código de identificación debe ser único por equipo, por lo que dos o más equipos no pueden tener un mismo código de identificación.

¿Si en el proceso de inscripción en el Inventario Nacional de PCB por error ingrese información errada que debe ser modificada en el formulario de inscripción vía Web, el sistema no me permite modificar el formulario de inscripción, cómo puedo realizar el

El propietario deberá solicitar dicha modificación en el sistema, por medio de carta escrita firmada por el representante legal, ante la Autoridad Ambiental donde se inscribieron. La Autoridad deberá realizar las modificaciones correspondientes.

¿En caso de desconocer información referente a un equipo, que es requerida en el Inventario Nacional de PCB, qué debo hacer?

Existe dentro de las opciones año de fabricación, país de fabricación y fabricante cuenta con la opción de escoger "Desconocido". La variable KVA no es obligatoria, por lo tanto, si no cuenta con la información puede dejarla en blanco. En cuanto al peso del líquido (para equipos en uso) se puede dar un dato aproximado; puede valerse de la densidad del aceite para hacer el cálculo o las especificaciones del equipo y colocar al lado de la variable peso total del equipo, que el dato es estimado.

Los demás campos obligatorios deben ser diligenciados por el propietario con la información real del equipo.

¿Si vendo un equipo el cual está siendo reportado en el Inventario, lo tengo que seguir reportando o lo reporta el nuevo propietario?

Es perentorio notificar la Autoridad Ambiental la cual realiza el seguimiento al equipo, anexando los documentos que ésta considere necesarios para así proceder a realizar la novedad del cambio de propietario.

Toda vez que, si el nuevo propietario no está inscrito o reportando en el Inventario Nacional de PCB, el primer propietario sigue siendo el responsable del equipo hasta que se efectúe la actualización.

¿Qué diferencia hay entre el cargue individual y el cargue masivo de información?

El propietario podrá reportar la información a través de la aplicación informática diseñada por el IDEAM para el Inventario Nacional de PCB, que cuenta con dos opciones "Cargue individual" y "Cargue masivo.

Se recomienda que para aquellos propietarios que tengan un número reducido de equipos o desechos a reportar en el inventario, lo realicen por medio de la opción de cargue individual, donde tendrán que reportar vía web uno a uno los elementos según las variables que se exigen. Si el propietario tiene un número mayor de equipos o desechos a reportar en el inventario, se recomienda que lo haga por medio de la opción de cargue masivo, para lo cual deberá elaborar un archivo plano con la totalidad de información consultada en el Inventario Nacional de PCB para la totalidad de equipos y/o desechos que sean de su propiedad.

Está a criterio del propietario escoger cualquiera de las dos (2) opciones para reportar información referente a un periodo de balance determinado, para lo cual deberá consultar el manual correspondiente a la opción escogida por medio de la opción Manuales disponible en el menú principal del módulo de diligenciamiento del Inventario Nacional de PCB.