¿Si ya realicé el proceso de inscripción en línea en el Inventario Nacional de PCB, ya estoy inscrito frente a la Autoridad Ambiental correspondiente?

El proceso de inscripción únicamente se entiende como finalizado, cuando la Autoridad Ambiental correspondiente adelantó el proceso de activación de las claves asignadas por el sistema a su organización, para lo cual el propietario deberá imprimir la carta de solicitud de inscripción generada por el sistema como resultado de la inscripción en línea, firmar dicha carta por parte del representante legal o persona natural y radicar dicha carta frente a la Autoridad Ambiental correspondiente en un término no mayor a los siguientes 15 días hábiles posterior a la fecha en la que realizó la inscripción en línea. La Autoridad Ambiental contará con un plazo máximo de 15 día hábiles posteriores a la fecha de radicación de la carta de solicitud de inscripción realizada por el propietario.

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