¿Si no tengo que realizar mediciones cada año puedo reportar en el RUA mediciones de años anteriores al período de balance que estoy diligenciando?

En el artículo 13 de la Resolución 0839 de 2023 se señala, entre otros aspectos, que 32 en el RUA se registrarán los resultados de las mediciones de los parámetros físicos, químicos y bióticos realizadas en el periodo de balance, teniendo en cuenta que si para un período el establecimiento no está sujeto a su medición, se debe reportar en el RUA las mediciones realizadas en un período anterior si las condiciones de operación son las mismas y conforme a lo establecido en el numeral 5 del Anexo 1 de la citada resolución.

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