Si gestiono residuos peligrosos a través de programas posconsumo como por ejemplo baterías o luminarias, ¿registro la gestión únicamente en la sección de Residuos peligrosos, en la sección Posconsumo o en ambas?

En este caso debe registra la gestión del residuo peligroso en ambas secciones, es decir en la sección de Residuos peligrosos y también debe registrarlo en la sección de Posconsumo, lo anterior no debe entenderse como una doble contabilidad.

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