¿Qué sustancias se reportan y cuáles son sus umbrales y medios de reporte en el RUA?

Según el numeral 4. Lista de sustancias y residuos sujetos a reporte en el RETC y 31 sus respectivos umbrales y medio(s) de reporte, del Anexo 1. Protocolo para el monitoreo y seguimiento del Subsistema de Información sobre Uso de Recursos Naturales Renovables (SIUR) para los sectores productivos, de la Resolución 0839 de 2023:

a. Las sustancias y demás parámetros que cuenten con límites máximos permisibles o análisis y reporte en la normativa ambiental vigente se reportan en el RUA según lo establecido en dichas normas. 

b. Las demás sustancias se reportarán en el RUA en caso de que igualen o superen el umbral de reporte definido para el (los) medio(s) establecido(s). Ver anexos 1.3 a 1.8 de la Resolución 0839 de 2023.

Las sustancias sujetas a reporte en el RETC y sus umbrales y medio(s) de reporte se actualizarán en la herramienta informática del RUA, en la medida que se actualice la normativa ambiental.

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