De acuerdo con lo establecido en el numeral 1 del artículo 24 de la Resolución 0839 de 2023, los establecimientos sujetos al diligenciamiento o actualización anual del RUA para el sector manufacturero, según lo establecido en la Resolución 1023 de 2010, diligenciarán o actualizarán la información del período de balance 2023, utilizando la herramienta informática del RUA para el sector manufacturero. Adicionalmente, tal como se señala en el numeral 2 del mismo artículo, el IDEAM deberá garantizar la disponibilidad de la herramienta informática del RUA para el sector manufacturero hasta el año 2024. De otra parte, según el artículo 2 de la Resolución 0839 de 2023, la Resolución 1023 de 2010 seguirá vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.
En el año 2024 los establecimientos del sector manufacturero reportaran a través de 19 la herramienta informática del RUA para el sector manufacturero la información correspondiente al período de balance 2023 de acuerdo con los plazos establecidos en la Resolución 1023 de 2010, siempre y cuando estén sujetos a su diligenciamiento y actualización anual. Se aclara que los plazos para el diligenciamiento y actualización anual del RUA para el sector manufacturero están establecidos en la Resolución 1023 de 2010 y no en la Resolución 0941 de 2009.
A partir del año 2025 los establecimientos del sector manufacturero realizaran el reporte a través de la herramienta informática del Registro Único Ambiental (RUA) y no a través del RUA para el sector manufacturero, siempre y cuando estén sujetos a su diligenciamiento y actualización anual de acuerdo con lo establecido en la Resolución 0839 de 2023