¿Desde cuándo es exigible la toma de muestras para el análisis de PCB por medio de personal acreditado en competencias laborales para realizar dicha labor?

El parágrafo 1 del artículo 6 de la Resolución 222 de 2011, establece que la toma de muestras debe ser realizada por personal acreditado en competencias laborales para desarrollar dicha labor. En el periodo de transición mientras se cuenta con personal acreditado, esta actividad se podrá continuar realizando siempre y cuando se cumpla con estándares internacionales y las empresas demuestren que el personal que realiza dicha labor ha sido capacitado para tal fin. Dos (2) años después de expedida la resolución 222 de 2011, esta labor no podrá ser realizada por personal que no haya sido acreditado en competencias laborales para la toma de muestras de fluidos aislantes y/o superficies sólidas.

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