Si es objeto de reporte al RUA manufacturero, deberá descargar y diligenciar el anexo 2 de la Resolución 1023 de 2010, se radicará ante la Autoridad Ambiental competente donde esté ubicado el establecimiento. La Autoridad tendrá 15 días hábiles para notificar el usuario y contraseña, con la cual podrá ingresar y reportar la información, ya sea por el portal web del IDEAM o la Autoridad Ambiental.
Nota: Los establecimientos con licencia ambiental o plan de manejo ambiental, que hayan sido expedidos por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales- ANLA, deberán tramitar la inscripción ante esta entidad.
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RUA Manufacturero