Consejo Directivo

Integrantes del Consejo Directivo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto 291 de 2004, el Consejo Directivo IDEAM, estará conformado por los siguientes miembros permanentes, quienes concurrirán con voz y voto:

  1. El, o la, Ministro (a) de Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado, quien lo presidirá.
  2. El, o la, Ministro (a) de Transporte o su delegado.
  3. El, o la, Director (a) del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.
  4. El, o la, Director (a) del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, o su delegado.
  5. Un (1) delegado del, o la, Presidente de la República.
  6. Un (1) representante de las Direcciones de las Corporaciones Autónomas Regionales.
  7. Un (1) representante del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

Funciones del Consejo Directivo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 291 de 2004 y artículo 7 del Decreto 2370 de 2009, son funciones del Consejo Directivo del IDEAM, las siguientes:

  1. Decidir sobre la aprobación del Plan Institucional Cuatrienal de Investigación y los ajustes que sean propuestos por la Dirección General durante el período para el cual fue aprobado el Plan Institucional Cuatrienal de Investigación Ambiental y recibir el informe de seguimiento que presente la entidad.
  2. Formular, a propuesta del representante legal, la política de mejoramiento continuo del Instituto, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo. 3
  3. Conocer y analizar las evaluaciones semestrales de ejecución presentadas por la administración de la entidad.
  4. Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura y a la planta de personal que considere pertinentes y adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca.
  5. Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual del Instituto.
  6. Señalar los criterios generales para la ejecución de los planes, programas, proyectos y recursos del Instituto, para el cumplimiento del objeto y funciones para el cual fue creado.
  7. Estudiar y aprobar las modificaciones al presupuesto de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
  8. Estudiar y aprobar el programa anual mensualizado de caja, PAC, de los recursos propios.
  9. Aprobar, adoptar y modificar su propio reglamento.
  10. Las demás funciones que le asignen la ley y los estatutos.
Personas en un consejo directivo
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