Las mesas de trabajo son instancias de participación que se crean para la formulación de los Planes de Manejo Ambiental de Microcuencas (PMAM) y los Planes de Manejo Ambiental de acuíferos (PMAA) (Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible 1076 de 2015).
¿CÓMO SE CONFORMAN LAS MESAS DE TRABAJO?
La conformación de las mesas de trabajo se realiza mediante la elección de personas con liderazgo ante la comunidad y que conozcan la historia social, ambiental, económica y cultural de la microcuenca. El número de integrantes de las mesas de trabajo estará dada por la cantidad de actores presentes en la zona y por los principios establecidos en la estrategia de participación.
¿QUIÉNES CONFORMAN LAS MESAS DE TRABAJO?
- Personas que formen parte de la comunidad localizada en el área de la microcuenca y representan intereses legítimos del grupo.
- Que estén o puedan verse afectados por las condiciones actuales del recurso.
- Que puedan verse afectados por las decisiones que se tomen en el marco del instrumento de planificación.
- Que posean información, experiencia o recursos necesarios para la formulación de implementación del plan de manejo ambiental.
- Que dispongan de capacidades, habilidades, conocimiento, infraestructura y/o recursos para proponer medidas que permitan atender los problemas y necesidades identificados.
- Que tengan capacidad de gestión y negociación con las diversas entidades y/o niveles gubernamentales para construir consensos y acuerdos.
FUNCIONES DE LAS MESAS DE TRABAJO
Apoyar a las autoridades ambientales en la formulación de los Planes de Manejo Ambiental de las Microcuencas (PMAM) y/o de los Planes de Manejo Ambiental de Acuíferos (PMAA), puesto que de esta forma se garantiza la participación de los diferentes actores que forman parte de la microcuenca y/o acuífero. Por lo tanto, los integrantes en estas mesas contribuyen con sus conocimientos, sugerencias y recomendaciones en el proceso de formulación de los Planes de Manejo y son los más beneficiados con los programas y los proyectos que se formulen dentro de estos planes de manejo (MADS com pers).
MESAS TÉCNICAS DE CONCERTACIÓN
Según el Parágrafo 3, Art 62 del Decreto 1640 de 2012, las Mesas Técnicas de Concertación son las instancias que se crean cuando los límites de una microcuenca o un acuífero se encuentran en más de una jurisdicción y no haga parte de una cuenca hidrografica en ordenación. Las Autoridades Ambientales Competentes con jurisdicción en ella concertaran el proceso de planificación y administración de los recursos naturales renovables de la microcuenca o del agua subterránea.